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El fallo beneficia al expresidente por el caso Pativilca, que juzga una matanza de seis personas perpetrada en 1992.
La Corte Suprema de Justicia de Perú rechazó este jueves la prescripción del delito de asociación ilítica contra el expresidente Alberto Fujimori, por el caso Pativilca y Cantatuta, que juzga la matanza de seis campesinos perpetrada en 1992.
“Para analizar la prescripción, cabe apreciar la naturaleza de los hechos, los que en este caso se encuentran vinculados a una grave vulneración de derechos humanos, los mismos que constituyen delitos de lesa humanidad”, indicó el máximo tribunal.
La Corte recordó que la tipificación de este tipo de delitos que no prescriben ha sido “reafirmado y desarrollado” por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Tribunal Constitucional de Perú y por el mismo tribunal que suscribe el fallo “en senda jurisprudencia”.
El pronunciamiento de la Corte se produce horas después de que el Congreso de la República peruana aprobara, en segunda votación, el proyecto de ley que propone la prescripción de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 2002.
En una decisión exprés, prácticamente sin debate, la Comisión Permanente completó este proceso con una votación nominal en la que 15 legisladores estuvieron a favor y 12 en contra.
La decisión del máximo tribunal responde a una acción judicial que beneficiaba al exmandatario Fujimori, a su exasesor y agente de Inteligencia, Vladimiro Montesinos, el excomandante general del Ejército Nicolás de Bari Hermoza Ríos, el exoficial de esa misma fuerza Luis Augusto Pérez Documet, en el proceso que se les siguió por el delito de asociación ilícita para delinquir, en perjuicio del Estado peruano.
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