![El gobierno dispuso que el próximo jueves 27 de julio será día no laborable, para formar un fin de semana largo por Fiestas Patrias. (Composición: Infobae Perú)](https://www.infobae.com/new-resizer/cK11NO6Z-XfBDgKJGzqI9AFHE7g=/420x236/filters:format(webp):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/FBTUHPISO5GJRE4NZ3AGHF33TI.jpg 420w)
Cada vez faltan menos semanas para la esperada celebración de Fiestas Patrias en el Perú y la atención de la ciudadanía ya está puesta en los feriados del 28 y 29 de julio que se vienen para pasar un buen momento en familia, con un paseo, viaje corto o con alguna otra actividad recreativa.
En medio de ese clima expectante, el gobierno peruano decidió declarar este 27 de julio de 2024 como día no laborable. La oficialización de la disposición se hizo con la reciente publicación del decreto supremo n.º 066-2024-PCM en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
En la normativa se precisa que este nuevo día no laborable por Fiestas Patrias tiene un alcance de nivel nacional para todos los trabajadores del sector público. Aunque se aclara que, para fines tributarios, dicho día sería considerado hábil.
![Sector retail estima mayor ventas de productos y servicios para el mes de julio por las Fiestas Patrias | Foto: Agencia Andina](https://www.infobae.com/new-resizer/TMMXWKghtA1GaYFxp4wVNlFIhX4=/420x236/filters:format(webp):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/SSWXDJKN2BFUVGO66MPRJFXRJY.jpg 420w)
El decreto supremo indica que las horas no trabajadas durante el día no laborable mencionado deberán ser recuperadas en los diez días siguientes o según lo determine el titular de cada entidad pública, siempre conforme a sus necesidades específicas.
Además, detalla que sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, los titulares de las entidades del sector público deberán tomar las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios públicos esenciales para la sociedad durante el día no laborable especificado en el presente decreto.
De acuerdo al artículo 4 de la norma, los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto, pero previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
![De las actividades más esperadas por Fiestas Patrias, es la Gran Parada Militar.](https://www.infobae.com/new-resizer/FOFtjmAl31NuF5X_my5ikf5EZ_0=/420x236/filters:format(webp):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/BVPM3D3JZZB5RECOLU7Y3VLXTY.png 420w)
En cuánto a las actividades económicas de especial relevancia para la comunidad, se remarca que “las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable declarado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad”.
El decreto está refrendado por la mandataria peruana Dina Boluarte, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén Olaya, y los ministros Elizabeth Galdo Marín (Comercio Exterior y Turismo) y Daniel Maurate Romero (Trabajo y Promoción del Empleo).