Un fallo dictado por la Cámara de Casación trajo un poco de racionalidad al abordaje judicial del uso del cannabis con fines medicinales. Los camaristas Alejandro Slokar y Ángela Ledesma establecieron en un fallo de más de 80 páginas que la oferta y venta por internet de semillas de cannabis no constituye un delito cuando se alegan fines terapéuticos. De ese modo recuperaron la libertad siete personas que llevaban más de cuatro años presas por sembrar para uso personal. Estas personas habían sido condenadas a penas de entre seis años y cuatro meses por “tráfico de estupefacientes, en su modalidad de tenencia con fines de comercialización y comercio con plantas o semillas, utilizables para producir estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada”.
Aquella condena había ignorado que esas personas, ahora liberadas, ofrecieron en páginas de internet blíster de apenas tres semillas de cannabis, y aclarando que tenían por destino su uso para tratamiento de diversas enfermedades.
El fallo, que señala que la oferta y venta por internet de semillas de cannabis no constituye un delito cuando se alegan fines terapéuticos, se da en un contexto en el que hay algunos intentos de volver a criminalizar una serie de conductas que no configuran delitos, según precedentes establecidos por la propia Corte Suprema de Justicia. También desde el gobierno nacional se han emitido algunos mensajes tendientes a restringir autorizaciones para el cultivo del cannabis para uso medicinal.
La evidencia científica acerca de la eficacia del uso medicinal del cannabis es a esta altura abrumadora. Es avalada por investigaciones en todo el mundo. En Argentina hay numerosos trabajos producidos por investigadores del Conicet en ese sentido.
Y también en nuestro país rige la Ley 27.669 que regula la cadena de producción, comercialización y exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados para uso medicinal. También regula la investigación científica y el uso industrial. Los usos vinculados al uso medicinal humano, veterinario, nutricional, cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal y los usos que surjan de la investigación científica y del desarrollo tecnológico.
Resulta insólito que las fuerzas de seguridad y la Justicia no distingan entre la venta de semillas para el autocultivo orientada a pacientes y los mecanismos de tráfico ilegal de estupefacientes. En Catamarca también se han registrado casos de persecución de personas que cultivan cannabis para uso medicinal y que incluso tenían los papeles del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) en regla.
En un país en el que las bandas organizadas del narcotráfico son cada vez más poderosas y peligrosas, que se persiga a personas que cultivan cannabis para uso medicinal es un despropósito que debe corregirse inmediatamente. Sobran normas y precedentes judiciales para llevar a cabo ese cometido. Pero alcanza incluso con el sentido común.
Fuente: https://www.elancasti.com.ar/edicion-impresa/alcanza-el-sentido-comun-n552571